Nuestros principios

Aún en tiempos de grandes cambios, la ética nos recuerda que el mayor valor somos las personas: el bienestar de los humanos debe ser el objetivo de los avances tecnológicos, buscando la igualdad y privilegiando la capacidad de decisión humana.

La base

De dónde nacen estos principios

Nuestro trabajo se apoya en dos fuentes. Por un lado, marcos normativos y estándares internacionales reconocidos, que son verificables y públicos. Por otro, metodologías propias de Neothia —MIDEAC y el Camino Neothia— desarrolladas desde la experiencia profesional de su fundadora, e inspiradas en legislaciones propias de la región.

Lo primero es nuestro punto de partida común; lo segundo, nuestro aporte frente al uso de esta tecnología.

Principios irrevocables

Lo que no se negocia

Estos principios definen quiénes somos. No cambian por conveniencia comercial ni por pedido de ningún cliente.

01

La dignidad humana es el límite

Ningún uso de la IA puede instrumentalizar a las personas ni tratarlas como medios. La dignidad humana es el límite que ninguna eficiencia justifica cruzar.

02

La IA potencia lo humano, no lo reemplaza

Acompañamos usos de IA que amplían las capacidades de las personas y fortalecen el vínculo humano, no que lo sustituyen.

03

Consentimiento informado

Toda persona tiene derecho a saber cuándo y cómo se usan sus datos, y a decidir sobre ellos con información clara. Nuestra política de privacidad.

04

Supervisión humana real, no nominal

Una firma no es supervisión. Distinguimos la supervisión efectiva —con autoridad para frenar— de la que solo valida lo ya decidido.

05

Transparencia sobre los límites

Somos claros sobre lo que sabemos y lo que no, sobre lo que una herramienta puede y no puede hacer. No prometemos certezas que no existen.

06

Independencia de intereses

No vendemos tecnología ni representamos a proveedores. Cuando recomendamos un límite al uso de IA, no tenemos un conflicto de interés que ese límite afecte.

Políticas vivas

Lo que se actualiza con la ley y la tecnología

Estas políticas son vinculantes, pero se revisan cuando cambia la regulación o la tecnología. Su principio de fondo no cambia; su aplicación, sí.

A

Protección de datos

Tratamos los datos bajo el estándar más exigente disponible, con minimización, finalidad declarada y derechos del titular siempre operativos. Se actualiza conforme a la legislación internacional vigente.

B

Uso responsable de IA en nuestros servicios

Si usamos IA en nuestro trabajo, lo hacemos con supervisión humana real y de forma transparente. Practicamos lo que enseñamos.

C

Investigación con resguardo

El conocimiento que generamos a partir de casos reales se trabaja siempre de forma anonimizada y agregada, sin exponer a ninguna organización ni persona.

D

Seguridad de la información

Aplicamos resguardos de seguridad proporcionales al riesgo y notificamos oportunamente cualquier incidente que afecte datos personales.

Revisa nuestra política de privacidad
Fuentes verificables

Los marcos que nos respaldan

Estos son algunos de los marcos normativos y estándares locales e internacionales que han servido como base de nuestra metodología propia.

ILIA (CEPAL) — Índice Latinoamericano de Inteligencia Artificial

Publicado por la CEPAL junto con el CENIA. El estudio presenta un mapa regional completo del ecosistema de IA en América Latina y el Caribe — mide capacidades técnicas, gobernanza institucional y adopción sectorial por país, base contextual de nuestro trabajo. Ver ILIA

Ley 21.719 de Protección de Datos Personales (Chile)

Publicada en diciembre de 2024 y vigente desde el 1 de diciembre de 2026. Reemplaza la antigua Ley 19.628, crea la Agencia de Protección de Datos Personales y eleva a Chile a estándares internacionales. Es el marco legal que ordena nuestro tratamiento de datos. Ver en Ley Chile

LFPDPPP — Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (México, 2010)

Marco jurídico obligatorio que rige el tratamiento de datos personales por empresas, instituciones privadas y personas físicas en México; establece el principio de finalidad y exige consentimiento expreso y por escrito para el uso de datos sensibles.

Reglamento de Inteligencia Artificial de la UE 2024/1689, también conocido como IA Act

Primer marco regulatorio integral del mundo sobre IA, adoptado en junio de 2024 y en aplicación escalonada hasta 2027. Funciona como el estándar de facto ante regulaciones latinoamericanas. Ver IA Act

Reglamento General de Protección de Datos — GDPR (Unión Europea)

El estándar internacional de referencia en protección de datos, en el que se inspira la propia ley chilena. Lo adoptamos como piso mínimo, con independencia de la jurisdicción.

Principios de IA de la OCDE

Adoptados en 2019 y actualizados en 2024. Establecen la supervisión humana significativa, la transparencia, la rendición de cuentas y el respeto a los derechos como pilares de una IA confiable. Ver principios OCDE

Recomendación sobre la Ética de la IA — UNESCO

Primer estándar global sobre ética de la IA, adoptado en 2021 por 194 Estados. Pone la protección de los derechos humanos y la dignidad como su eje. Ver recomendación UNESCO

Sobre nuestras metodologías propias

MIDEAC, nuestra metodología de diagnóstico, y el Camino Neothia, de tratamiento ético de la información, son desarrollos propios de Neothia. Nacen de la experiencia profesional de su fundadora e están inspirados en los marcos citados, pero no derivan de ninguna fuente externa específica: son nuestro aporte original al campo.

Uso de IA en nuestro propio trabajo

Neothia utiliza herramientas de inteligencia artificial como apoyo en su trabajo, siempre con supervisión humana real y criterio propio. Lo hacemos del mismo modo que pedimos a las organizaciones que lo hagan: la herramienta asiste, la persona decide. La autoría y el criterio de nuestras metodologías son humanos.

¿Preguntas sobre cómo trabajamos?

Escríbenos. La conversación siempre está abierta.

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